Real y Militar Orden de San Fernando

  • España
  • Época: Reinado de Isabel II
  • Conflicto: Guerra de África
  • Instauración: Decreto n.º lxxxviii del 31 de agosto de 1811 en las Cortes de Cádiz y convalidada por real decreto de Fernando VII de 10 de julio de 1815
  • Antigüedad: 1860 – 166 años
  • Clase: Cruz de 1ª clase para Jefes y Oficiales (reforma de 1856)
  • Forma: Cruz de Malta con sus ocho puntas rematadas por bolas facetadas.
  • Anverso: En el centro un escusón circular con un anillo externo azul con la frase AL MÉRITO MILITAR y dos ramas de cinco hojas separadas por una estrella de seis puntas.
    En el interior del escusón cuatro espadas en forma de cruz, unidas por los extremos de sus empuñaduras.
  • Reverso: Liso con enganches e imperdible.
  • Cinta:
  • Peso: 30 g
  • Grosor: 8 mm
  • Tamaño: 59,4 x 59,4 mm
  • Material: Plata, oro y esmaltes
  • Ref.: 24-TC700-45

Fue creada mediante el decreto n.º lxxxviii del 31 de agosto de 1811 en las Cortes de Cádiz, con el nombre de Orden Nacional de San Fernando y convalidada por real decreto de Fernando VII de 10 de julio de 1815. Su nombre hace referencia al rey Fernando III de Castilla. La concesión lleva implícita el ingreso en la Real y Militar Orden de San Fernando, primera Orden española de carácter militar.

La orden en la actualidad

La Real y Militar Orden de San Fernando, conocida popularmente como Laureada de San Fernando, es la más preciada condecoración militar del Reino de España. El último laureado vivo a título individual fue Adolfo Esteban Ascensión, fallecido el 9 de noviembre de 2007, por lo que se admitió el ingreso en la misma de las medallas militares individuales.

En el Real Decreto 899/2001 se publicó un nuevo reglamento que, adaptando su regulación a la legalidad vigente, facilita la revitalización y actualización de la Real y Militar Orden de San Fernando.

Destinatarios

Tiene por objeto «honrar el reconocido valor heroico y el muy distinguido, como virtudes que, con abnegación, inducen a acometer acciones excepcionales o extraordinarias, individuales o colectivas, siempre en servicio y beneficio de España».

Es la máxima recompensa militar de España y tiene por objeto premiar el valor heroico. Premia hechos o servicios militares, individuales o colectivos, con inminente riesgo de la propia vida y siempre en servicio y beneficio de la Patria o de la paz y seguridad de la comunidad internacional. Las acciones recompensadas con «La Laureada» deberán ser realizadas durante el transcurso de conflictos armados o de operaciones militares que requieran el uso de la fuerza armada.

Pueden recibirla los miembros de las Fuerzas Armadas, de la Guardia Civil (cuando realicen actividades de carácter militar) y aquellos civiles que presten servicio dentro de fuerzas militares organizadas.

Su nombre se refiere al rey Fernando III de Castilla. Su prestigio y categoría vienen avalados por las rigurosas exigencias necesarias para iniciar el expediente de concesión y el trámite estricto que conlleva.

El Soberano de la Orden de San Fernando es el Rey de España, que preside el capítulo bienal que se celebra en el Real Monasterio de El Escorial. Su representante en la Orden es el Gran Maestre, que la gobierna auxiliado por la Maestranza.

Categorías

Las categorías que integran esta orden son:

  • Gran Cruz Laureada: reservada para los oficiales generales de los Ejércitos. Consiste en una cruz formada por cuatro espadas en oro unidas por los pomos de sus empuñaduras, acolada a una corona de laurel; banda de seda, de gules, fileteada de naranja, de cuyos extremos pende una venera con la leyenda «Al valor heroico» en el anverso, y la cifra «1811» en el reverso.
  • Cruz Laureada Individual: para el resto del personal, militar o civil. Como la anterior, pero las espadas de gules y sin banda.
  • Cruz Laureada Colectiva, que podrá ser concedida a unidades u organismos de las FAS o de la Guardia Civil y cuyas insignias son las siguientes:
    • Para personal: una corona de laurel bordada sobre la bocamanga del uniforme.
    • Para centros y organismos: corbata, guion enseña o placa.
  • Medalla Militar Individual. La Medalla consiste en un círculo en cuyo interior figura un sol naciente tras el mar y una matrona en pie, representando a España, ofrendando una corona de laurel y sosteniendo un escudo con una cabeza de león.
  • Medalla Militar Colectiva. La Medalla consiste en un círculo en cuyo interior figura un sol naciente tras el mar y una matrona en pie, representando a España, ofrendando una corona de laurel y sosteniendo un escudo con una cabeza de león.

Según el reglamento, el poseedor de alguna de estas condecoraciones tendrán derecho al tratamiento inmediatamente superior al que les corresponda, según su empleo militar, cargo que ostente o condiciones especiales que reúnan. Dicho tratamiento se hará constar en cuantos escritos o documentos oficiales se les expidan, anteponiéndose al mismo la dignidad de: «Caballero (o Dama) (Gran) Cruz Laureada», en siglas: «C.(o D.)(G.)C.L.».

Requisitos para su concesión

La Real y Militar Orden de San Fernando, en su reglamento, precisa con detalle los méritos exigidos para su concesión. Entre ellos, para la Laureada, además del valor heroico, los siguientes:

  • Que la acción, hecho o servicio realizado suponga una superación excepcional del deber, al implicar significativos sacrificios y riesgos, incluso la pérdida de la propia vida.
  • Que la acción, hecho o servicio no esté originado, como único impulso, por el propósito de salvar la vida, o por la ambición impropia y desmesurada que pueda conducir al interesado, o a las fuerzas de su mando, a un riesgo inútil o excesivo.
  • Que se hayan tomado las medidas necesarias para obtener el mayor rendimiento de la acción con el mínimo número de bajas, incluso en el caso de que cumpliendo órdenes o por circunstancias tácticas se llegue deliberadamente al sacrificio propio o al de sus fuerzas, si se tuviera mando, y con los menores daños materiales.
  • Que el hecho tenga lugar en momentos críticos y difíciles, circunstancias que vendrán determinadas por las incidencias de la batalla o combate, o porque la acción se lleve a efecto encontrándose el interesado y sus tropas o efectivos en manifiesta inferioridad frente a los del enemigo. Esta inferioridad se debe valorar en función de las fuerzas o armamento, posición en el terreno y defensas, abastecimientos, estado físico, heridas sufridas, moral relajada en las tropas propias o recientes reveses que ocasionaron cuantiosas pérdidas.
  • Que el acto heroico produzca extraordinarios cambios favorables y señaladas ventajas tácticas para las fuerzas propias.
  • En la estimación que se haga del hecho será mérito destacable el autor del mismo que se haya prestado voluntariamente a ejecutarlo, previstas las extraordinarias dificultades y grandes riesgos que supongan su realización.
  • También será acreedor a esta recompensa, sin reunir las condiciones anteriores, quien haya realizado un hecho heroico tan destacado que su ejemplaridad constituya un poderoso incentivo y repercuta en elevar y afianzar la moral en los Ejércitos.

La Medalla Militar premia no el valor heroico sino el muy distinguido, concurriendo similares circunstancias a las anteriormente reseñadas para la Cruz Laureada.

Condecorados con la Cruz

Si la concesión de la laureada es excepcional, puesto que se reserva al valor muy distinguido, la concesión de una segunda de ellas a título personal es una rareza, hasta el punto de que solo hay constancia de ocho militares bilaureados: Isidoro Chacón Manrique de Lara y Villacepellín (IX marqués de Nevares), el mariscal de campo Luis José Rentero Soriano; los generales José Sanjurjo Sacanell, Miguel Primo de Rivera y Orbaneja y José Enrique Varela; los capitanes Miguel Rodríguez Bescansa y Pablo Arredondo Acuña, si bien estos dos últimos recibieron la segunda laureada a título póstumo, y el teniente de navío Joaquín Fuster y Dezcallar.

La ciudad de Valladolid y el pueblo de Belchite son las únicas localidades condecoradas con este distintivo militar en 1939 tras la guerra civil española. También está condecorada con esta distinción la Comunidad Foral de Navarra, aunque no lleve dicha laureada en su escudo por decisión de sus instituciones.

Desposesión de distinciones

El agraciado con cualesquiera de las categorías que haya sido sentenciado por la comisión de un delito doloso o pública y notoriamente haya incurrido en actos contrario a las razones determinantes de la concesión de la distinción podrá, en virtud de expediente iniciado de oficio o por denuncia motivada, y con intervención del Fiscal de la Real Orden, ser desposeído del título correspondiente a la distinción concedida, decisión que corresponde a quien la otorgó.

Historia

Entre las distinciones con que se vienen premiando las conductas y servicios a España, la Real y Militar Orden de San Fernando ocupa el primer lugar por su relieve y prestigio; prestigio ganado por la exigencia del siempre difícil juicio contradictorio para la obtención de la Cruz Laureada y el correspondiente ingreso en la misma. La Real y Militar Orden de San Fernando fue fundada en 1811 por la Regencia de España, a iniciativa de las Cortes de Cádiz, durante la cautividad de Fernando VII, como primer premio general al valor militar. Fue la primera condecoración de “mérito” por estar abierta a todo aquel que la mereciese, sin atender a razones de nobleza, cuna o graduación, creada en un momento en que España se encontraba sacudida por la Guerra de la Independencia.

Pero no se podría entender la creación de la Real Orden si no se la enmarca en el contexto histórico en el que nace.

La presencia de tropas francesas en España, en virtud del Tratado de Fontainebleau se había ido haciendo amenazante a medida que iban ocupando (sin ningún respaldo del tratado) diversas localidades españolas. El total de soldados franceses acantonados en España ascendía a unos 65.000, que controlaban no sólo las comunicaciones con Portugal, sino también con Madrid, así como la frontera francesa. Aprovechando los sucesos derivados del motín de Aranjuez de 17 de marzo de 1808, Napoleón forzó la cesión de la corona española a su hermano, José Bonaparte, como José I en las Abdicaciones de Bayona. Además ordena que se lleve a Francia a los Infantes y resto de la familia real que había quedado en Madrid. Los preparativos de éste traslado son los que dan lugar a la sublevación del 2 de mayo de 1808.

Las noticias de los hechos de Madrid se extendieron desde la misma tarde del 2 de mayo por todo el país, provocando las primeras declaraciones a favor de un levantamiento armado general en un clima de confusión ante la fragmentación de los distintos representantes del gobierno y el surgimiento de órganos de poder locales o Juntas. El 23 de mayo, una vez difundidas las noticias de las abdicaciones de Bayona, la insurrección se inicia en la ciudad de Valencia y en los días siguientes, en Zaragoza, mientras que en Murcia, el antiguo ministro Floridablanca preside la constituida nueva Junta. En Sevilla, la Junta local adopta el nombre de Junta Suprema de España e Indias, impulsora del texto considerado como la declaración de guerra formal emitida el 6 de junio. Ese mismo día, un ejército compuesto por militares y milicias campesinas logran impedir el paso de las columnas imperiales por el col del Bruc, causando la primera derrota relevante de un ejército francés en Europa. Comienzan los primeros y heroicos sitios de Zaragoza y Gerona.

Tras la gran derrota del ejército francés acaecida en la batalla de Bailén (19 de julio de 1808), y posteriormente en Portugal ante el ejército expedicionario inglés, tiene lugar el repliegue francés al norte del Ebro, lo que va a provocar la intervención directa de Napoleón entrando en España con un ejército de 250.000 hombres, veteranos procedentes de la Grande Armée. Un acuerdo general permitió constituir el 25 de septiembre de 1808 en Aranjuez la denominada Junta Suprema Gubernativa, presidida por Floridablanca. Con alguna excepción, como las batallas ganadas en Portugal por el ejército expedicionario inglés del General Wellington y la de Talavera de la Reina por el ejército conjunto hispano-inglés-portugués, el ejército francés ocupa prácticamente toda España. La Junta Suprema, convoca a las Cortes del Reino que se reunen en la gaditana Isla de León (hoy San Fernando) el 24 de septiembre de 1810 y posteriormente, ante el empuje francés y la capitulación de Andalucía, en Cádiz.

Al poco de comenzar las primeras sesiones parlamentarias, una de las primeras preocupaciones fue relativa a los premios militares. Hasta ese momento, cada encuentro, cada batalla, cada sitio, había provocado la creación, por parte de la Junta Local o Provincial correspondiente de una condecoración distinta, conmemorativa del hecho de armas. La intención fue la de crear una única condecoración y de prestigio para premiar los hechos heroicos y distinguidos, acabando con la proliferación de medallas y ascensos, que se daba en ese momento. Se suceden varias propuestas de diputados para ver como recompensar el heroísmo, hasta que el 25 de enero de 1811 las Cortes reciben una propuesta de un ciudadano (ya vista por la Comisión de Premios) llamado D. Ramón Parques, relativa a la creación de una nueva orden titulada de San Fernando, acordando que «no es ésta ocupación propia del día». Inexplicablemente, dos días más tarde, Don Luis de Velasco y Camberos, Teniente Coronel de Infantería y Diputado por el Virreinato de Buenos Aires, logra que se acepte su proyecto de una nueva Orden llamada de «La Espada de San Fernando». A partir de entonces comienzan las deliberaciones y proyectos, hasta que el 31 de agosto de 1811, por Decreto número LXXXVIII de las Cortes de Cádiz, se promulga la llamada Orden Nacional de San Fernando y en cuyo primer Reglamento se crean cinco clases de cruces para premiar acciones heroicas y hechos distinguidos, de índole individual. Para las acciones de carácter colectivo, se crea la Corbata para unidades tipo Regimiento o Batallón.

Aunque en el momento de su creación se decidió que solamente estaría destinada a premiar los méritos posteriores a su fundación, enseguida se amplió el tiempo hasta los días iniciales del alzamiento nacional contra los franceses. Así, el hecho más antiguo, que se conozca, por el que se concedió una Cruz data del mismo 2 de mayo de 1808, fue dada en 1823 al entonces Coronel de Caballería en Guatemala D. Rafael Arango por su valor luchando contra los franceses en el madrileño Parque de Artillería de Monteleón.

En 1812 el General Arthur Wellesley, Vizconde de Wellington, decide pasar a la ofensiva y asegurarse el paso a Portugal atacando Ciudad Rodrigo que arrebata a los franceses. Por ésta acción las Cortes le nombran Duque de Ciudad Rodrigo, con Grandeza de España. A continuación baja hasta Badajoz que reconquista el 6 de abril. La ciudad de Badajoz, la más sitiada durante la Guerra de la Independencia Española, padece también su más cruel saqueo por los soldados aliados. Sus oficiales no pueden contenerles y hasta el mismo Vizconde de Wellington es amenazado. Los desórdenes terminan el día 9 de abril. Este episodio será también duramente criticado en Inglaterra, como vergonzoso, aunque las Cortes españolas agradecerán al Vizconde de Wellington la reconquista de Badajoz, otorgándole la Gran Cruz de San Fernando. Ésta alta distinción honró de tal manera a Wellington que la lució durante el resto de su vida y se conserva en su Casa-Museo de Londres. La Orden debe al Lord además, su salvación, como más tarde se verá, pues su consejo movió a Fernando VII a mantenerla vigente.

Como consecuencia de la salida de España de parte de la Grande Armée debido a la campaña de Rusia, Wellington toma definitivamente la iniciativa y el 22 de julio se dá la batalla de los Arapiles (Salamanca), dando un vuelco definitivo a la guerra y dejando expedito el camino de Madrid. Ésta victoria, hace que se disipen todas las dudas y envidias, nombrándosele General en Jefe de todos los Ejércitos Aliados. Por ésta batalla se le concede al General Wellington, Duque de Ciudad Rodrigo, el Toisón de Oro, que no acepta hasta que tiene el visto bueno del Rey de Inglaterra, y que le será impuesto en una visita que hace a Cádiz en el invierno siguiente, donde es agasajado por todos los estamentos y es invitado a pronunciar un discurso en las Cortes. Antes se había producido el fin del sitio de Cádiz y son liberadas numerosas ciudades españolas.

En 1813, sale definitivamente José I de Madrid, y en su persecución y la del ejército de Napoleón, se dá la batalla de Vitoria el 21 de junio. El 30 de octubre las tropas francesas capitulan en Pamplona y el 29 de diciembre Napoleón obliga a su hermano José a que abdique de la Corona de España.

De 1814 a 1856

El 22 de marzo de 1814, Fernando VII regresa definitivamente a España y el 4 de mayo suspende las Cortes de Cádiz, quedando abolido todo lo legislado por ellas, y por lo tanto también el Decreto de creación de la Orden de San Fernando. Pero el Rey, queriendo distinguir de alguna manera a todos los que han contribuido a la victoria, ordena a su Secretario de Estado y del Despacho de la Guerra, Don Francisco de Eguía, que consulte con el General Wellington, haciéndolo por carta de 18 de mayo. El 12 de junio, el Generalísimo Wellington responde a la carta, proponiendo que fuera la Orden de San Fernando, reformándola en cuanto a suprimir los juicios contradictorios o informes, la que sirviera para premiar no solo el valor, sino también la Constancia en el servicio al cabo de 25 años. La carta y contestación, se remiten al Consejo Supremo de Guerra, que recaba el parecer del Fiscal Militar, el cual añade algunas restricciones e informa al Consejo. Mientras tanto se recibe una instancia dirigida al Rey de D. Gaetano Pastore (Cayetano Pastor), Comandante de la División Siciliana, solicitando una distinción para los militares que habían servido en la guerra, añadiendo una relación de Oficiales.

Todo pasa al Consejo que, separándose del parecer del General Wellington en cuanto que la misma Cruz de San Fernando premiase dos méritos tan diferenciados (el valor y la constancia), propone para premiar la constancia una nueva Orden Militar que se llamaría de San Hermenegildo o de San Recaredo, preparando los dos Reglamentos. El Consejo se reúne en Sala de Gobierno el 24 de octubre presidido por el Infante D Carlos como Vicepresidente del mismo, y prepara el informe definitivo para el Rey. Dicho informe es visto por el Rey y, en el mismo margen del oficio de remisión, firma el 28 de noviembre su aprobación para la reforma de la Orden de San Fernando y creación de la nueva Orden de San Hermenegildo. Después de algunas pequeñas correcciones, el Consejo se vuelve a reunir el 2 de enero de 1815 presentando a S.M. la reforma definitiva, quien firma en el margen el 19 de enero de 1815, la aprobación del segundo Reglamento de San Fernando, que incluye también el primero de San Hermenegildo, cambiando el nombre de “Orden Nacional” por el de “Real y Militar Orden”. En éste Reglamento conjunto y tras una introducción común, los 36 primeros artículos corresponden a la Orden de San Fernando y los 8 siguientes a la de San Hermenegildo. Se mantuvieron las mismas clases de cruces pero se eliminó el juicio contradictorio, pasando a ser la concesión del premio por gracia real.

Para corregir ciertas complicaciones y dudas surgidas en la aplicación de este reglamento, así como para evitar la devaluación de la Orden, el 10 de julio de 1815, seis meses después, se publicó el tercer Reglamento, también común con el segundo de San Hermenegildo, aunque ya perfectamente diferenciados y con articulado independiente. En este Reglamento se instituyeron hasta siete clases de cruces, cinco de oro y dos de plata y se consideraba que cuatro servicios “distinguidos” equivalían a uno “heroico”. Además se recupera el juicio contradictorio y se regulan los plazos y su tramitación y también se regula la solemnidad en la imposición de la condecoración.
El número de solicitudes cursadas durante el Trienio Constitucional (1820-1823) descendió considerablemente al ir quedando los hechos de armas de la guerra contra Napoleón un poco lejanos, aunque seguían produciéndose por acciones en tierras americanas. En este período retoma la Orden el título de “Nacional” y el Reglamento original acordado en las Cortes de Cádiz en 1811. En 1820 se implantó el uso del manto ceremonial a imitación de otras órdenes y, para su bordado, se creó el modelo de Cruz formado por cuatro espadas unidas por los pomos que caracterizará desde entonces y para siempre a los caballeros laureados de San Fernando, reemplazando a las placas de 1ª y 2ª Clase a partir de 1856.

Al regreso del Rey Fernando VII, con la ayuda de los Cien Mil Hijos de San Luís, en 1823, se produjo la nulidad de todos los actos de Gobiernos y Cortes del período anterior y con fecha de 1 de octubre y por Real Decreto se restableció el reglamento de julio de 1815. Al año siguiente, se anularon todas las cruces concedidas por el gobierno revolucionario del Trienio pero, sin embargo, fueron concedidas muchísimas a los militares galos que entraron en España en ayuda del Rey, dadas mas a título honorífico, por agradecimiento, que por premiar el valor; no se sujetaban a los preceptos reglamentarios.

En 1833, con la Reina Gobernadora María Cristina, se revisó el Reglamento de julio de 1815; los cambios no fueron de importancia, se regularon los juicios contradictorios para la concesión de cruces y el ceremonial para la imposición de éstas. Durante la Guerra Carlista (1833 – 1840) se prodigó, en ambos bandos, la concesión de estas Cruces. Por Real Orden de 12 de agosto de 1847, se suspendieron las permutas de cuatro cruces por acciones distinguidas por una laureada de valor heroico.

Reforma de 1856

En 1856, siendo el General O´Donnell presidente del Consejo de Ministros y Ministro de la Guerra promueve una reforma para acabar con la prodigalidad en las concesiones y devolver a la Orden su prestigio fundacional. Entre otras reformas se cambian los modelos de cruces, apareciendo las cuatro espadas en las de 1ª y 2ª clase, y se empieza a estudiar el cambio del Reglamento de 1815. A pesar de los anteriores cambios, durante la Guerra de África (1859 – 1860) también se concedieron numerosas recompensas, posiblemente por el sentimiento nacional que produjo esta contienda. El 18 de mayo de 1862 la Reina Isabel II sanciona el cuarto Reglamento, promovido por el General O´Donnell, que duraría hasta 1920. En él se mantenían cinco clases de cruces y se exigía para su concesión el juicio contradictorio. En 1904 se reguló de manera más precisa la concesión de las Corbatas.

La Ley de Bases para la reorganización del Ejército de 29 de junio de 1918, cambia la trayectoria de la Orden de San Fernando. En dicha Ley se suprimen las clases que premiaban las acciones distinguidas, que serán premiadas a partir de ese momento por la Medalla Militar. Se deja únicamente una sola categoría para premiar los actos heroicos, la Cruz Laureada, desde soldado a General. La Gran Cruz se reserva solo a los Generales en Jefe. Sin temor a equivocarnos, podríamos decir que aquí acaba una etapa de la Orden y comienza, con la promulgación del Reglamento de 1920, otra muy distinta.

De 1920 hasta nuestros días

La Ley de Bases para la reorganización del Ejército de 29 de junio de 1918, cambia la trayectoria de la Orden de San Fernando. En dicha Ley se suprimen las clases que premiaban las acciones distinguidas, que serán premiadas a partir de ese momento por la Medalla Militar. Se deja únicamente una sola categoría para premiar los actos heroicos, la Cruz Laureada, desde soldado a General. La Gran Cruz se reserva solo a los Generales en Jefe. Sin temor a equivocarnos, podríamos decir que aquí acaba una etapa de la Orden y comienza, con la promulgación del Reglamento de 1920, otra muy distinta.

Dado que en 1918 se crea la Medalla Militar como consecuencia de la Ley de Bases para la Organización del Ejército de 29 de junio de 1918, en el quinto Reglamento de 5 de julio 1920, se separa de la Orden de San Fernando la posibilidad de conceder las condecoraciones por valor muy distinguido, suprimiéndose de ella las Cruces de 1ª y 3ª clase. Según opinión de Ceballos-Escalera y el Coronel Isabel en su magnífico libro sobre la Orden de San Fernando, esto fue un craso error, al seguirse modelos premiales franceses completamente ajenos a los nuestros, aunque remediado en parte con la promulgación del último Reglamento.

En éste Reglamento, la Cruz Laureada sería única, desde soldado a general y su insignia queda definitivamente conformada por las cuatro espadas unidas por los pomos rodeadas de la corona de laurel por la que es mundialmente conocida la Orden. La efigie del Santo, solo se conserva en la Gran Cruz Laureada, únicamente para premiar a Generales en Jefe. También se regula la Cruz Laureada Colectiva. La Orden se organiza bajo la autoridad de S.M. el Rey, como Jefe y Soberano de ella, una Asamblea, el Consejo Supremo de Guerra y Marina, y un Capítulo.

Durante la Dictadura del General Primo de Rivera se promulgó el sexto Reglamento, el 26 de noviembre de 1925, que mantenía las tres clases de cruces, la Gran Cruz Laureada, la Cruz Laureada y la Cruz Laureada Colectiva.

Al producirse el 14 de abril de 1931 el advenimiento de la Segunda República, quedó sin efecto cuanto se había legislado durante la Dictadura así, el 16 de septiembre de ese mismo año se derogó el Reglamento de 1925, lo que devolvió el vigor al de 1920.

Al iniciarse la guerra civil en julio de 1936, el Ejército del bando nacional siguió conservando como condecoraciones de guerra la Cruz de San Fernando y la Medalla Militar pero no hizo lo mismo el bando republicano que renunció a ellas, primeramente de facto y de iure a partir de marzo de 1937, fecha en que crea la Medalla de la Libertad para recompensar hechos distinguidos y la Placa Laureada de Madrid para los de carácter heroico.

Durante la guerra, obtienen la Gran Cruz los generales Franco, Mola y Queipo de Llano, y un caso insólito por ser civil, el Gran Visir de la Zona del Protectorado de España en Marruecos. Obtienen la Cruz Laureada 72 jefes, oficiales, suboficiales y tropa. Tuvo además, un gran desarrollo la concesión de Laureadas Colectivas, y no solamente a Unidades constituidas (hasta 106), sino a amalgamas de Unidades diversas (Alcázar de Toledo, Sta. María de la Cabeza, Oviedo, Belchite…) y también a colectivos civiles, pues en 1937 y 1939 se concedió la Laureada Colectiva a la provincia de Navarra y ciudad de Valladolid.

La Campaña de Rusia (1941 – 1943) y la guerra de Ifni y Sahara (1958) dieron lugar a los últimos actos de valor heroico por los que se incoaron expedientes de concesión de la Cruz Laureada. Fueron ocho los condecorados en la primera y dos en la segunda, Brigada Fadrique y Cabo Maderal Oleaga, laureados que cierran por ahora una larga lista de héroes de los dos últimos siglos de nuestra historia.

El séptimo Reglamento de 1978 introduce importantes novedades, el Soberano de la Orden es S.M. el Rey pero se crea la figura del Gran Maestre y como órganos de gobierno se establecieron el Capítulo, la Asamblea y la Maestranza. Posteriormente, en 1981, se da entrada al Censor y en 1988 se crea la Unidad Administrativa. Además se crea, para poder ostentar la Laureada Colectiva, el Guion-Enseña y Placa para aquellas unidades, buques o aeronaves que carezcan de Bandera o Estandarte.

El octavo Reglamento, último y vigente en la actualidad, fue aprobado por Real Decreto 899/2001, de 27 de julio.

Contiene este Reglamento importantísimas novedades, pues supone recuperar el espíritu fundacional de la Orden. Entre ellas cabe destacar las siguientes:

  • Se vuelven a premiar en él los hechos distinguidos, además de los heroicos, lo que dio lugar al ingreso en la Orden de todos los Caballeros Medallas Militares.
  • No es requisito indispensable la declaración formal del estado de guerra para considerar las acciones heroicas. de hecho, ha habido concesiones de Cruces Laureadas y Sencillas o Medallas Militares por hechos completamente ajenos a la guerra u operaciones, al menos desde 1849.
  • Cabe admitir en ellas a damas de las Fuerzas Armadas, algo que nunca estuvo prohibido.
  • Se regula el funcionamiento de la Orden con órganos rectores y administrativos de la Orden de San Hermenegildo por la escasez de Caballeros condecorados individualmente con vida y su longevidad. A inicios de 2008 los Caballeros Laureados individuales han fallecidos todos y sólo queda medio centenar escaso de Caballeros Medallas Militares individuales con avanzada edad.
  • Los órganos de gobierno de la Orden son, el Capítulo, la Asamblea y la Maestranza pero debido a lo dicho anteriormente, es la Asamblea Permanente y la Cancillería de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo las que llevan todos los asuntos relacionados con esta Orden. El Presidente de la Asamblea, el Gran Canciller de la Orden de San Hermenegildo, lleva, además, las relaciones institucionales de la Orden.

Se integran en la Orden las condecoraciones de la Medalla Militar Individual y en su representación Colectiva, para premiar los hechos muy distinguidos, aparte de la Corbata, se crea el Guión-Enseña y la Placa de la Medalla Militar.

La información contenida en esta web es para uso privado y se ha obtenido por investigación propia y de multitud de web de todo el mundo, en varios idiomas traducidos posteriormente, destacando: Wikipedia, Mondvor.narod.ru, Warrelics, Foro-Fecom, Gentleman's Military Interest Club, coleccionesmilitares.com
A todos ellos muchas gracias por sus aportaciones.

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